Juicio verbal del automóvil. Competencia territorial. Cuando el demandado es el Consorcio de Compensación de Seguros, y con independencia de que sea demandado junto con otros codemandados, resulta de aplicación lo dispuesto en el art. 71, párrafo 2º, de la Ley de Enjuiciamiento Civil, dado el carácter de la entidad estatal de Derecho Público que aquél tiene.