Sentencia Sala primera de 18 de septiembre de 1999: Competencia de la jurisdicción civil en materia de asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Doctrina de la vinculación más fuerte y de constitucionalidad. Evitación del llamado pregrinaje de jurisdicciones. Arts. 106.2 de la Constitución y 40 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado de 26 de julio de 1957. "Lex artis ad hoc". Aplicación del art. 1902 del Código Civil: no se acreditó negligencia en la actuación facultativa.