Respuesta de la DGSFP al escrito en el que se formulan las siguientes cuestiones relativas a la aplicación de la Ley de Mediación: ¿Si en un futuro próximo se publicará alguna norma jurídica que desarrolle y/o explique la ley? ¿Cuándo entra en vigor? ¿Funcionamiento de la empresa con tres tipos de “subagentes”, y a si algunos de estos subagentes pasarían a ser auxiliares o desaparecerían o serían sustituidos por otras figuras existentes, bien en el convenio sectorial o en la citada Ley? ¿Posible aplicación del articulo 4.2 de la citada Ley 26/2006 a estos denominados subagentes? ¿ A quien deben dirigirse para indicar el incumplimiento de la citada Ley?