Beneficiarios de planes de pensiones por fallecimiento: tributan por el IRPF
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Autor corporativo
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Fuente
Actualidad Aseguradora Sección Análisis Jurídico Número  18 Actualidad Aseguradora Mediación Número  10
Fecha
19/11/2018
Página inicial-final
42 Págs. Totales 1
Tipo documento
Descripción física
Resumen
El esposo fallecido de la consultante había suscrito un plan de pensiones en el que no había designado expresamente ningún beneficiario para el caso de fallecimiento. La consultante, que sería la primera beneficiaria en defecto de designación, se plantea realizar una renuncia a sus derechos en el plan de pensiones en favor de sus dos hijos, que aparecen como siguientes beneficiarios del plan a partes iguales. La consulta que realiza a la Dirección General de Tributos es el tratamiento fiscal de las prestaciones que percibieran los beneficiarios del plan de pensiones.