Contestación de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones a las siguientes preguntas realizadas: - ¿Cómo se pueden garantizar las cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas por el adquiriente de las mismas? - ¿Qué coberturas otorgan los seguros de caución de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas? - Cuando las cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas se garantizan a través de un seguro de caución, ¿puede el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones resolver las quejas y reclamaciones que se presenten? ¿Qué mecanismos existen para resolver las diferencias con la entidad aseguradora sobre la intepretación y cumplimiento del seguro de caución de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas?