Fecha de la disposición
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Futuras decisiones de gestión por parte del órgano de administración.
Artículo 3. Límite a las futuras decisiones de gestión.
Artículo 4. Aplicación diluida en el tiempo.
Artículo 5. Cuantificación de las cargas de capital por el régimen simplificado.
Artículo 6. Máxima dilución.
Disposición final primera. Título competencial.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.