Partiendo del régimen jurídico de la responsabilidad civil contenido en el Texto Refundido de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios, el presente trabajo analiza la aplicación del art. 148 del citado texto a los casos en los que se produce un daño en la órbita de la prestación de los servicios sanitarios. El estudio pone de manifiesto los casos a los que se ha aplicado dicho precepto, fundamentalmente infecciones nosocomiales y daños por deficiente organización del servicio al tiempo que señala que esta regulación, que consagra un sistema de responsabilidad objetiva, se ha usado por la jurisprudencia como argumento reforzador de la responsabilidad en supuestos en los que también se aprecia culpa o negligencia.
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