El sueldo de los administradores debe figurar en los Estatutos Sociales
Autor
Autor corporativo
Editor
Evento
Organizador
Fuente
Actualidad Aseguradora Sección Análisis Jurídico Número  34
Fecha
10-11-2008
Página inicial-final
2 Págs. Totales 1
Tipo documento
Descripción física
Resumen
Comentario a dos sentencias del Tribunal Supremo en las que confirma la doctrina de que el sueldo de los administradores debe incluirse en los Estatutos Sociales para conocimiento de los accionistas. Ambas sentencias han dado la razón a sendos directivos, uno de una sociedad anónima y otro de una limitada, a quienes reclamaban parte de sus retribuciones después de que los dueños de las sociedades las hubieran considerado indebidas por no haberse incluido en los estatutos sociales.