El intrusísmo médico, si no genera daño, no lugar a indemnización
Autor
Autor corporativo
Editor
Evento
Organizador
Fuente
Actualidad Aseguradora Sección Análisis Jurídico Número  9
Fecha
14/03/2005
Página inicial-final
3 Págs. Totales
Tipo documento
Descripción física
Resumen
Sentencia en la que el juzgador recoge un principio fundamental de la institución de la Responsabilidad Civil: no hay indemnización si no hay daño. El caso es el de un protésico dental, dueño de una clínica privada, para quien trabajaba una odontóloga que realizaba las actividades de odontología y ortodoncia.