Contrato de seguro. En la praxis aseguradora existe una especie de tiempo entre la proposición del seguro y el libramiento de la correspondiente póliza, entendiéndose que el contrato existe ya desde el primer momento, sin que pueda discutirse si dicha prima ha sido pagada o no, ya que en caso negativo habrá que imputar a la aseguradora su inhibición para hacerla efectiva.