El procedimiento se inicia por demanda de juicio ordinario formulada en ejercicio de acción de responsabilidad por vicios ruinógenos y reclamación de cantidades por parte de una cooperativa de viviendas, contra la empresa constructora y la dirección facultativa de las obras, trayendo causa la acción ejercitada del contrato de ejecución de obra de urbanización y edificación de una promoción de 128 viviendas y de la responsabilidad decenal del artículo 1591 CC . En la cuantía de la demanda se incluyó una reclamación de daños morales para los 128 miembros de la cooperativa, cuantificados en seis mil euros para cada uno de ellos.