ALFASHIP BACOMAR, S.L, se dirigió al Consejo de Ministros solicitando indemnización en concepto de responsabilidad patrimonial del Estado Legislador, respecto a las cantidades abonadas a las Autoridades Portuarias de Algeciras y Ceuta por dicha entidad, en concepto de tarifas portuarias. Alegaba al efecto, que con fecha 20 de mayo y 8 de junio de 2005, se publicaron en el Boletín Oficial del Estado, respectivamente, las sentencias del Tribunal Constitucional 102/2005, de 20 de abril, y 121/2005, de 10 de mayo, por las que se declaran inconstitucionales y nulos los apartados 1 y 2 del artículo 70 de la Ley 27/1992. Ante el silencio del Consejo de Ministros y con fecha 1 de febrero de 2007, la entidad ALFASHIP BACOMAR, S.L, interpone este recurso contencioso administrativo contra la desestimación presunta de su reclamación por el Consejo de Ministros.