La Administración Tributaria requiere a una aseguradora que le remita una relación anual de talleres de reparación de automóviles a los que se ha satisfecho cantidades por motivo de siniestros ocasionados por sus asegurados. El Supremo declara que si los datos tributarios son localizados con relación a terceros específicos, están referidos a un concepto determinado en un periodo de tiempo determinado y si se está ante un requerimiento individualizado plenamente conforme con las exigencias legales y con las competencias de la Administración tributaria y de la Inspección, la petición de información debió ser atendida por la aseguradora.