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¿Ha llegado el discovery a España?

Autor corporativo
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Fuente
BDS    Sección   Tribuna
Fecha
28/02/2017
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Resumen
El autor señala que una de las principales diferencias entre el procedimiento civil español y el de los países anglosajones es el llamado discovery, fase inicial del proceso destinada a la obtención de medios de prueba y constituida por una serie de actos procesales que permiten a las partes la obtención de información mediante interrogatorios de testigos o peritos, examen de documentos (disclosure) o cualquier otro medio de prueba. Esta fase puede facilitar la finalización de los litigios mediante acuerdos transaccionales sin que se llegue a celebrar el juicio.

Sin embargo, expone que parece próximo el momento en el que nos tengamos que adaptar a una nueva regulación procesal muy próxima al discovery anglosajón, pues la misma está recogida en la Propuesta de Ley para la transposición de la Directiva 2014/104/UE, ya que, entre otros extremos, pretende facilitar la prueba en los procedimientos por daños resultantes de la violación de las normas sobre competencia. Ello se va a efectuar a través de una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).

El autor considera que, si finalmente el legislador introduce este nuevo procedimiento de acceso a las fuentes de prueba, ello tendrá un impacto significativo para todos los actores del sector asegurador, significando un cambio de paradigma que exigirá una rápida adaptación a las nuevas exigencias procesales.
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