Audiencia Provincial de León, sentencia de 29 de mayo de 2000: En los recintos de aparcamiento en que no existe señal alguna que afecte a la prioridad de paso, las vías destinadas al tránsito o circulación que atraviesan o circundan dichos recintos y son utilizadas como vías de acceso o salida, han de considerarse principales respecto de las que su único destino es servir para aparcar o estacionar.
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