Seguro de transporte terrestre de mercancías. Se considera cláusula limitativa aquella que establece las condiciones necesarias para evitar la sustracción de la carga.
Se plantea un supuesto controvertido en materia de seguro de transportes, en el que, tras el robo del camión asegurado, la aseguradora se opuso a hacerse cargo del siniestro por no considerar cumplido el requisito de estacionar el camión en un `edificio cerrado o recinto de construcción sólida y cerrada con llave`, tal y como establecía la póliza. La sentencia considera que dicha cláusula, que establece las condiciones en que debía encontrarse el camión para evitar sustracciones de la carga, tiene la condición de cláusula limitativa y no de delimitadora del riesgo.
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