Audiencia provincial de Alicante, Sección quinta, sentencia de 4 de mayo de 1999: Agencia de viajes. El que contrata viaje en una Agencia tiene derecho a que respondan del fracaso organizativo de aquél todos aquellos que se benefician del precio pagado, que son tanto el minorista que recibe el encargo, como el mayorista que oferta el programa, como aquel que finalmente proporciona el alojamiento. El cliente puede dirigirse contra todos o contra cualquiera de ellos, sin perjuicio del derecho de indemnización. Partidas que integran la indemnnización.