Seguro de personas transportadas y de ocupantes. Es claro que el conductor del vehículo no puede ser calificado de persona transportada cuando, en puridad, es él quién transporta y la póliza incluye -al relacionar las garantías del seguro- a las "personas transportadas" con lo que no cabe entender lógicamente que se esté refiriendo al propietario que conduce su vehículo sino que la única interpretación posible es que, dentro del ámbito del seguro de responsabilidad civil y en relación con las exclusiones establecidas en el artículo de las condiciones generales, se garantiza también la responsabilidad por daños causados a las personas transportadas, lo cual es coherente con que se parte también un seguro de accidentes para los ocupantes, que es el que cubre las consecuencias del accidente para el conductor del vehículo, como ocupante del mismo que es, y asimismo a los demás ocupantes aunque no se aprecie responsabilidad del conductor.