La parte actora, ahora recurrente, Inmobiliaria Colonial, formuló demanda de juicio ordinario frente al demandado, Don Luciano, arquitecto, en ejercicio de una acción de repetición, en calidad de autor del proyecto y director de la obra, al amparo de lo previsto en los arts. 1144 y 1145 CC, en relación con el art. 1591 CC que prevé la responsabilidad decenal de los arquitectos por ruina del edificio.