Se desestima el presente recurso de casación, confirmando la sentencia recurrida en cuanto aprecia falta de nexo causal entre la actuación administrativa y el resultado lesivo cuya reparación se pretende, excluyendo la responsabilidad patrimonial de la Administración demandada, incluso la compartida, dado que tal perjuicio solo es imputable al acto legislativo que ha sido declarado inconstitucional. La intervención del Ministerio de Hacienda en la elaboración de la norma no altera la titularidad del Poder Legislativo ni traslada la responsabilidad del mismo a la Administración. No puede confundirse la responsabilidad de la Administración del Estado, con la responsabilidad del Estado legislador .