AGENCIA DE SEGUROS: Indemnización al agente por resolución unilateral del contrato por la compañía invocando incumplimientos contractuales de aquél no probados en el proceso. La resolución no equivale necesariamente a un incumplimiento doloso de la compañía, dado el contexto de conversaciones y negociaciones desde años antes para extinguir el contrato. Derechos económicos del agente: aplicabilidad prevalente del contrato y, por remisión de éste, de la normativa específica sobre producción de seguros privados. Procedencia de deducir las comisiones abonables a los subagentes pese a la disconformidad del agente con su propio cese. PRUEBA PERICIAL: Corresponde al tribunal, y no al perito, la determinación e interpretación de las normas jurídicas aplicables. INCONGRUENCIA: No existe cuando el tribunal, además de al planteamiento de la demanda, atiende al de la contestación. DERECHO AL JUEZ ORDINARIO PREDETERMINADO POR LA LEY: Su presunta vulneración ha de alegarse a la primera oportunidad, poniendo además de manifiesto, en su caso, la causa de recusación que se considere concurrente. No se infringe por nueva designación como ponente de un magistrado suplente. RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL: Exige denunciar la infracción a la primera oportunidad. Cambio de ponente acordado antes del día señalado para la deliberación, notificado el día siguiente y no denunciado hasta después de notificada la sentencia.