Demanda de juicio ordinario contra una entidad mercantil a quien se imputa el daño ocasionado por el contagio de una hepatitis vírica sufrido por el hijo de los demandantes a resultas de la administración del producto farmacéutico que fabricaba o comercializaba dicha entidad. Recurso extraordinario por infracción procesal. Falta de motivación: Se desestima; no es necesario que la sentencia contenga un detallado relato de hechos probados con la salvedad de que la motivación incluya los hechos que le sirven de fundamento y el Juzgador estima probados con expresión de la valoración de la prueba, y en este caso la sentencia analiza y valora las pruebas para llegar a conclusiones distintas de las que pretende la recurrente. Recurso de casación. Cosa juzgada: debe examinarse en el marco del recurso extraordinario por infracción procesal, dejando el de casación limitado a una estricta función revisora del juicio jurídico consistente en la determinación del alcance y significado jurídico de los hechos probados, y en cualquier caso, la circunstancia de que los hechos enjuiciados hayan sido objeto de un proceso seguido ante la Jurisdicción Social, no impide a los órganos del orden jurisdiccional civil examinarlos bajo el prisma del ordenamiento Civil, aceptando las conclusiones obtenidas en aquel proceso en aras del principio de seguridad jurídica.