RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA POR PRISIÓN PROVISIONAL INDEBIDA. Con independencia pues de que tal sobreseimiento provisional pueda reputarse o no equiparable a un sobreseimiento libre, lo cierto es que en el estrecho margen que permite el recurso de casación para unificación de doctrina, hemos de partir del presupuesto necesario de la sustancial identidad entre el caso ahora enjuiciado y el resuelto por la sentencia de contraste, y esta no puede apreciarse cuando las razones y las normas que determinaron los respectivos sobreseimientos son distintos, por lo que el recurso de casación para unificación de doctrina debe ser desestimado.