En el supuesto litigioso no concurren los elementos esenciales determinantes de la situación de igualdad que constituye el presupuesto sustancial para la viabilidad de esta modalidad casacional. Así, en la sentencia recurrida se tiene por probado que se otorgó un consentimiento informado específico respecto a los riesgos de una intervención quirúrgica, en tanto que en las aportadas de contraste se acredita que al paciente no se le facilitó información alguna, siquiera verbalmente, de los riesgos de la intervención quirúrgica realizada y en una de ellas, además, se constata una mala praxis médica en la asistencia médica dispensada.