Seguro agrario combinado. La aseguradora no puede reducir la indemnización en aplicación del artículo 31 de LCS, si no comprobó ni se opuso a la suma declarada por el asegurado
En el presente caso, la controversia se suscita en torno a si la aseguradora que tiene suscrito un seguro agrario sobre varias explotaciones del asegurado puede aplicar la regla prevista en el artículo 31 de la LCS al considerar que existe un sobreseguro, pues según la misma, en virtud de los rendimientos históricos de las fincas, el valor real siniestrado era muy inferior al valor declarado por el asegurado y cubierto por seguro.
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