Análisis de una sentencia que dirime la responsabilidad civil de la Administración ante un caso de contaminación acústica. Se reflexiona acerca de en qué medida la contaminación acústica vulnera derechos fundamentales. Se llega a la conclusión de que solo los casos más graves de contaminación acústica vulneran derechos fundamentales. No obstante, para apreciar dicha vulneración (y por tanto si procede la RC de la Administración) se exigen además dos requisitos: probar la existencia de daño individual y concreto sobre la integridad o intimidad del afectado e inexistencia de una actuación diligente por parte de la Administración.