El presente comentario precisa cómo puede obtenerse RC cuando el TS ejecuta en revisión un fallo del TEDH. El autor concluye que para obtener RC por error judicial tras la ejecución de una STEDH en vía de recurso de revisión, bien debe obtenerse un reconocimiento judicial posterior de dicho error, bien deducir este con claridad de la misma sentencia de revisión.
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