El seguro de RC de las empresas no financieras que conceden o intermedian préstamos o créditos hipotecarios será de 300.000 euros
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BDS Sección Noticias del sector
Fecha
31/01/2011
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El Consejo de Ministros aprobó el 28 de enero un Real Decreto que establece que las empresas que no son entidades financieras y conceden préstamos o créditos hipotecarios a los consumidores, así como las que prestan servicios de intermediación para la contratación de dichos préstamos o créditos, tendrán que inscribirse en un Registro Estatal sin perjuicio de los Registros que pudieran establecerse en las Comunidades Autónomas. Además, dicha norma establece el importe mínimo del seguro de responsabilidad o aval bancario que, con carácter previo a su inscripción en el Registro, deberán contratar estas empresas para cubrir las responsabilidades en que pudieran incurrir frente a los consumidores por perjuicios derivados de la realización de sus servicios. Se alude a cuál es el objetivo de estas medidas.