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Derecho procesal civil. Jurisdicción
Autor
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
Fecha
01/01/2001
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
48
Formato
Página inicial-final
Notas internas
Notas
Resumen
Sentencia Sala primera de 25 de septiembre de 2000: Excepción de cosa juzgada. Procede su estimación cuando ha precedido juicio penal en el que se resolvió sobre la acción civil derivada de delito. No es lícito a la jurisdicción civil subsanar defectos de la jurisdicción penal.
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