La Comisión General de Codificación ha publicado una propuesta de Código Mercantil, que sustituye al antiguo Código de Comercio. Incluye un Título relativo a los contratos de seguros (y también de mediación en seguros), en sustitución de la vigente Ley de Contrato de Seguro. El autor aborda las modificaciones de fondo en relación con la norma actual y que merecen un juicio positivo, aludiendo también a la introducción de otras que, según su entender, inducen a confusión y dan la impresión de que el texto no se ha madurado lo suficiente. Así, valora de forma positiva la simplificación del procedimiento pericial previsto en el artículo 38 de la vigente Ley, pero considera como poco afortunadas las relativas a la nulidad de las cláusulas que sean declaradas abusivas por parte de los jueces o Tribunales, sin mayor especificación; el tema de las primas fraccionadas; la parte relativa a las obligaciones del asegurador relacionadas con el pago del siniestro. Por otra parte, también considera que la propuesta de nuevo texto legal presenta, en relación con el texto vigente, omisiones que no tienen fácil explicación (de las que se da cuenta). Finalmente, señala que en los seguros de personas, la nueva regulación es prácticamente la misma que la actual en el seguro de vida.