Legitimación de las asociaciones de consumidores y usuarios para ejercer las acciones declarativas de nulidad de las cláusulas hipotéticamente abusivas: no se dan en el caso discutido. Directiva de la CEE 93/13 sobre cláusulas abusivas: no aplicable en Derecho español en tanto no se adapte al Derecho interno. Exigencia de que el consumidor no haya podido impedir la aplicación de la cláusula (art. 10.2 de la Ley 26/1984). Condena en costas de la Unión de Consumidores de España: arts. 47, 48 y 523 de la ley de Enjuiciamiento Civil. Recurso de casación de carácter directo, interpuesto a tenor del art. 1688 de la dicha Ley Procesal.