Texto íntegro del Real Decreto 1298/2009 de 31 de julio el cual está estructurado en dos artículos que incluyen las modificaciones del ROSSP y del Reglamento de mutualidades de previsión social. El primer artículo de modificación del ROSSP incluye la reforma del artículo 2, dudas que puedan surgir sobre la calificación de una operación; artículo 5, modificaciones de la documentación; artículo 26, durante los tres primeros ejercicios, si la actividad de la entidad no se ajusta a su programa de actividades; artículo 70, cesión de cartera; artículo 71, transformación de una entidad aseguradora; artículo 72, fusión; artículo 73, escisión; artículo 87, documentación a remitir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones por los administradores y por los liquidadores; y por último añade un nuevo artículo al texto, el artículo 105 bis, deber particular de información en el caso de seguros de decesos. El segundo artículo de modificación del Reglamento de mutualidades de previsión social incluye, la modificación del artículo 13 ampliación de actividad y modificación de la documentación aportada.