Venezuela: Las aseguradoras deberán destinar el 5% de su cartera a `micropólizas`. Según establece la Ley de Seguros y Reaseguros
Subtítulo
Autor
Autor corporativo
Fuente / sección
Fuente / sección
Fuente / sección
BDS América Latina - Latinoamérica
Número
Fecha publicación
21/11/2001
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
Formato
Página inicial-final
Resumen
Entre las novedades de la Ley de Seguros y Reaseguros, publicada la pasada semana en la Gaceta Oficial, aparece que las aseguradoras venezolanas deberán destinar el 5% de su cartera a `micropólizas` (contratos para personas cuyos ingresos no superen los 316.800 bolívares). El texto legal estipula que ese porcentaje servirá "para ofrecer contratos de seguros a las personas naturales que tengan ingresos de hasta 2 salarios mínimos, destinados a proteger riesgos tales como gastos odontológicos, servicios funerarios y accidentes personales", y las primas de esos seguros no podrán superar el 50% de un salario mínimo. Otra novedad se refiere a la invitación a las compañías a participar en el desarrollo del sector microfinanciero, por medio de pólizas destinadas a cubrir los riesgos de insolvencia de los deudores (fijando el importe de esas primas en el 5% de la cartera). En cuanto a los requisitos para operar, se establece para las entidades de Seguros Generales o Vida un capital mínimo de 1.320 millones de bolívares, mientras las que operen en ambos negocios deberán elevar su capital a 2.640 millones de bolívares. Por último, el texto señala que las juntas directivas de las aseguradoras deberán estar formadas por cinco miembros.