Las empresas en regulación de empleo utilizan, como práctica habitual, la constitución de un seguro de vida a favor de los trabajadores afectados en lugar de abonarle la indemnización por cese. Ingresan estas cantidades en una aseguradora que, mensualmente, satisface a los trabajadores una renta vitalicia. La Dirección General de Tributos considera este seguro de vida un sistema alternativo a los planes de pensiones, estos rendimientos del trabajo están sujetos al IRPF.