Las aerolíneas deberán indemnizar el daño moral por la cancelación del vuelo
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BDS Sección Entorno
Fecha
14/10/2011
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Resumen
Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece que la cancelación de un vuelo puede dar lugar a una indemnización, por parte de las aerolíneas, no sólo por los daños materiales, sino también por el perjuicio moral causado. El pasajero tendrá una compensación por cancelación cuando su avión haya despegado pero se haya visto obligado a regresar al aeropuerto de origen y el viajero haya sido transferido a otro vuelo.