Honduras: Proyecto de Ley de regulación de las Administradoras de Fondos de Pensiones. Fija el capital mínimo de las entidades en 1,25 millones de dólares
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BDS América Latina - Latinoamérica
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Fecha publicación
13/09/2002
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Página inicial-final
Resumen
El Congreso Nacional ha aprobado un Proyecto de Ley encaminado a regular el funcionamiento y operaciones de las Administradoras de Fondos Privados de Pensiones. Establece un capital mínimo para la constitución de las entidades de 20 millones de lempiras. Dicho capital mínimo no podrá ser inferior al 5% del volumen de fondos que gestione. Las firmas deberán también invertir un mínimo del 10% de su capital y reservas de capital en reservas para pérdidas. Además establece "faltas" cuando no cumplan con los requisitos de capital mínimo establecidos; cuando no ajusten las inversiones del fondo que administran a las normas emitidas por la comisión; cuando se cobren comisiones ordinarias y extraordinarias no contempladas en el contrato de afiliación; y cuando en el contrato no hagan prevalecer los intereses de los afiliados, sobre los de la administradora.