El recurrente estima infringida la ley penal sustantiva, La sentencia le atribuye dolo eventual de matar respecto al fallecido Jesus Miguel, inferencia que apoya en el hecho de que una vez quedó tendido en el suelo, el acusado pasó con el coche por encima de él, pisándole con las cuatro ruedas, habiendo podido evitarlo. Mas, esta acción guiada por el "animus necandi" no puede predicarse de la conducta en relación con la otra víctima Emiliano, que fue alcanzando por la parte lateral del vehículo a la altura del muslo, causándole lesiones leves, sin producirle nueva embestida, por lo que puede decirse que la intención del autor del hecho no iba más allá del resultado efectivamente acaecido (lesiones).