Audiencia Provincial de Cantabria, Sección primera, sentencia de 24 de diciembre de 1997: Daños causados en inmuebles y ganado por emanaciones indutriales de flúor. El daño en las fincas no puede indemnizarse dado que carece de la imprescindible cualidad de permanencia al ser transitorio y de fácil eliminación una vez cesen las emisiones, las que mantendrán su depreciación mientras las emanaciones continúen. En cambio, podrá indemnizarse el daño de la cabaña ganadera por ser el mismo irreparable, dado que las reses que los actores reputan enfermas de fluorosis han fallecido como consecuencia de las enfermedad y esta situación permanece inalterada aunque cesen las emanaciones.