Jurisdicción. La perpetuación de la jurisdicción implica que no se altera el orden jurisdiccional competente en los supuestos en que es llamada otra Administración como litisconsorte a raíz de la audiencia previa. Incongruencia: inexistencia. No puede alegarse incongruencia por la parte a quien no afecta directamente el pronunciamiento que se dice omitido. Seguros. El contrato de seguro de responsabilidad civil con la Administración comporta el cumplimiento de las normas imperativas respecto del tercero perjudicado en cuanto al abono de intereses por mora.