La Orden sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras, obliga a las entidades aseguradoras a remitir a la DGSFP el informe y certificado de tasación de los inmuebles y derechos reales inmobiliarios que estén afectos a la cobertura de sus provisiones técnicas. Se comunica a las entidades aseguradoras que, salvo en los casos de valor de afección provisional a la cobertura de provisiones técnicas, la DGSFP va a cesar la remisión de los acuses de recibo de dicha documentación.