El Tribunal Supremo notifica su decisión sobre un litigio que ha durado más de cinco años
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BDS Sección Noticias del sector
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11/02/2009
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El Tribunal Supremo notificó el pasado 29 de enero, mediante auto, su decisión de archivar el recurso que, en su día, presentó la Abogacía del Estado contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, en la que se desestimó las pretensiones de la Asociación Gallega de Corredores de Seguros (AGACOSE). La Asociación consideraba nula la imposición de la Orden ECO 734/04, que imponía la obligación a las corredurías de seguros de contar con un servicio de atención al cliente. Con la resolucion del Tribunal Supremo finaliza un litigio que ha durado más de cinco años, en el que AGACOSE ha combatido la forma de actuar de la DGSFP, que por vía reglamentaria impuso a las corredurías de seguros una obligación que ha de articularse a través de una Ley, como así se hizo dos años después. No obstante, se aclara que, a fecha de hoy, el Servicio de Atención al Cliente es obligatorio al establecerlo así la Ley de Mediación. El Estado lo validó con la promulgación de la citada ley.