Los corredores deberán realizar la Declaración Semestral Negativa de blanqueo de capitales del primer semestre
Autor
Autor corporativo
Editor
Evento
Organizador
Fuente
BDS Sección Noticias del sector
Fecha
04/06/2014
Página inicial-final
3-4 Págs. Totales 2
Tipo documento
Descripción física
Resumen
El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones monetarias (SEPBLAC) contesta a una consulta de INADE en la que confirma que la entrada en vigor del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo no excluye el que los corredores de seguros tengan que hacer la Declaración Semestral Negativa ante dicho SEPBLAC, para el periodo correspondiente entre el 1 de enero y el 6 de mayo. Esta Declaración Semestral Negativa será la última que los corredores tendrán que formular ante el Servicio Ejecutivo. Por otra parte, se indican las ventajas que va a suponer la entrada en vigor del citado Real Decreto para los corredores.