Responsabilidad extracontractual. Caída al transitar por la escalera de una piscina. En nuestro derecho no rige de modo discriminatorio el principio de responsabilidad civil en el Código Civil, estando aceptada aquella en los supuestos de creación del riesgo, pero, naturalmente, concretada a situaciones excepcionales en que dicho riesgo es grande e ineludible.