Audiencia Provincial de Córdoba, Sección 2ª, sentencia de 16 de marzo de 2000: Prescripción. Tienen eficacia interruptiva a las reclamaciones efectuadas la correspondencia postal o telegráfica, a la que habrán de añadirse otros medios ofrecidos por las nuevas tecnologías como el fax, el télex, las comunicaciones telefónicas.