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El asegurado solo puede reclamar a su aseguradora el importe abonado por aquel como indemnización de daños, no el importe del daño no abonado por el asegurado, aunque este se hubiera producido
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
Fecha
01/10/2012
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
49-51
Formato
Página inicial-final
Notas internas
Notas
Resumen
Reclamación realizada por una Autoridad Portuaria a su compañía aseguradora en concepto de indemnización por los daños sufridos por los perjudicados en un incendio y en concepto de seguridad jurídica.
Entidades
Lugar/es
Personas
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