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Sentencias

Autor
Tribunal
Tribunal Supremo -
Fecha
08/06/2009
Ponente
Salinas Molina, Fernando
Jurisdicción
Sala
Sección
Procedimiento
Número de Recurso
2873/2008
Número de Resolución
---
ECLI
Cendoj
28079140012009100622
Resumen
En el presente recurso de casación unificadora se cuestiona la normativa aplicable en orden a la determinación del contenido y alcance de una mejora voluntaria de Seguridad Social pactada en convenio colectivo en el que se establece el abono del capital asegurado en las contingencias de muerte o incapacidad permanente total o obsoluta derivada de accidente sea o no laboral y de enfermedad profesional. Se afirma que la fecha del AT no es solamente la que determina la aseguradora sino que, en general, es la que fija el régimen legal o convencional vigente a los efectos, con matizaciones cuando se trate de "deudas de valor". Diferencias con "deudas de suma o cantidad". Convenio colectivo objeto de interpretación: establece deuda de cantidad y no deuda de valor: debe abonarse la cantidad establecida en convenio vigente en fecha del accidente, sin perjuicio de los intereses sustantivos y procesales ulteriores. Remite a STS 31.octubre de 2002, rec. 3902/2000.
Entidades
Lugares
Personas
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