En el presente procedimiento, la aseguradora demandante, ahora recorrida, ejercitaba acción de repetición prevista en el artículo 7 de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor frente al ahora recurrente en reclamación de la cantidad abonada a la ocupante del vehículo conducido por el demandado el día catorce de noviembre de 1998 en concepto de indemnización por las lesiones sufridas ese día como consecuencia de la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y a velocidad superior a la permitida y que dieron lugar a su condena por el Juzgado Penal de Avilés. La parte demandada se opuso a la demanda, alegando, entre otras razones, la existencia de seguro voluntario.