El día 19 de enero de 2002 tuvo lugar un accidente de tráfico en el que fallecieron el conductor del vehículo siniestrado y los otros dos ocupantes del mismo. El vehículo disponía a fecha del siniestro de póliza de aseguramiento obligatorio y voluntario de responsabilidad civil suplementaria ilimitada, incluidos daños propios y accidente del conductor. Según informe del Servicio de Toxicología obrante en el procedimiento penal incoado por estos hechos el conductor se encontraba bajo la influencia de bebidas alcohólicas y drogas. El propietario del automóvil y su esposa, padres del conductor y de otro de los fallecidos, demandaron a la aseguradora del mismo en reclamación de la indemnización que consideraban pertinente con cargo a los seguros obligatorio y voluntario, por las coberturas de fallecimiento del hijo que viajaba como ocupante, accidente y daños propios del vehículo asegurado, más intereses del artículo 20 LCS y costas. La aseguradora se negó a satisfacer las cantidades reclamadas atendiendo a la causa del accidente -conducción bajo la influencia de alcohol y drogas- y reconvino al amparo del artículo 7 LRCSCVM en reclamación de la indemnización satisfecha por la aseguradora a los padres del tercer ocupante, en acuerdo transaccional previo a la demanda.