Seguros de rentas vitalicias diferidas: momento de constitución de la renta
Autor
Autor corporativo
Editor
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Fuente
Actualidad Aseguradora Sección Análisis Jurídico Número  13
Fecha
14/04/2003
Página inicial-final
7 Págs. Totales
Tipo documento
Descripción física
Resumen
En los seguros de rentas vitalicias hay que tomar como fecha de constitución de la renta, a los efectos de aplicar los porcentajes de integración correspondientes a la edad del rentista y de calcular la rentabilidad acumulada, el momento en que el asegurador comience a percibir la renta, y no la fecha de suscripción de la póliza de seguro de vida. Esto resulta más ventajoso para el mismo, ya que cuanto mayor es la edad del preceptor menor procentaje de tributación le corresponde.