El actor reclama una indemnización, calculada en el importe del valor venal que tenía su vehículo andorrano antes del accidente, que asciende a la suma de 7.500 € y no los 4.070 € indicados por la aseguradora demandada como supuesto valor venal de un vehículo español similar, a lo que hay que añadir el valor de afección. Se desestima la demanda del perjudicado.